Si tienes familia española, ya tienes la vía abierta.
El arraigo familiar es la vía más directa cuando tienes un vínculo con un español o residente legal. Tramitas desde España, en 3-4 meses, y obtienes permiso de trabajo desde el primer día. Aplica para cónyuges, parejas de hecho, padres de menores españoles e hijos de residentes.
Nosotros armamos y presentamos todo el expediente. Tú te enfocas en reunirte con tu familia y en empacar.
Vía directa
La vía directa cuando tienes vínculo con España
Si tu cónyuge, padre, madre o hijo es español o residente legal, esta es la ruta más rápida y predecible para conseguir tus papeles.
A diferencia de otras vías, el arraigo familiar te otorga residencia con permiso de trabajo automático desde que recibes la resolución. No necesitas curso ni oferta laboral previa. Solo demostrar el vínculo familiar y empezar a vivir en España con todos los derechos. Trámite desde España, en 3 a 4 meses.
Te lo decimos honestamente
- Eres cónyuge o pareja de hecho de un ciudadano español o residente legal.
- Eres padre o madre de un menor español o residente legal.
- Eres hijo de español o residente legal con situación regularizada.
- Tienes documentación oficial que acredita el vínculo (partida de nacimiento, libro de familia, certificado de matrimonio).
- Quieres trabajar legalmente desde el primer día, sin esperar curso ni oferta laboral.
- No tienes vínculo directo con un ciudadano español o residente legal en España.
- Tu familiar referente está en situación migratoria irregular.
- No puedes acreditar el vínculo con documentación oficial apostillada.
- Tu familiar es un primo, tío o pariente colateral. El arraigo familiar exige vínculo de primer grado.
Solo necesitas estos cuatro documentos
No es tan complicado como te han hecho creer. Te ayudamos a preparar cada uno.
Lo que cuesta y lo que tarda
Números reales. Sin "tarifas sorpresa" a mitad de proceso. Lo único que varía son las tasas oficiales de Extranjería y el tiempo de respuesta de la oficina que tramita tu caso.
Estos montos son estimados. Pueden variar según provincia, complejidad del vínculo y tipo de documentación. Te entregamos cotización exacta tras la consulta inicial.
Cómo tramitamos tu arraigo familiar
Sin sorpresas. Te decimos qué necesitamos en cada paso y cuánto tarda. Toca cada paso para ver el detalle.
Información referencial y orientativa; no constituye asesoría legal. Se basa en el RD 1155/2024 y las Instrucciones SEM vigentes. Los plazos son estimados y la concesión corresponde exclusivamente a la Administración española y no puede garantizarse. Requisitos, medios económicos y tasas se confirman en cada caso antes de iniciar el trámite.
Del arraigo al pasaporte español
El arraigo familiar te da residencia. A los 2 años de residencia los ciudadanos LATAM pueden solicitar nacionalidad española, la mitad de tiempo que el resto del mundo.
Junto a tu familia, con todos los derechos
El arraigo familiar te integra desde el primer día: trabajas, alquilas, abres cuentas y te empadronas como cualquier residente. Sin esperas, sin intermediarios.
Lo que te dijeron no es cierto
Familias reunidas, papeles aprobados
Cientos de arraigos familiares gestionados. Esto es lo que nos cuentan.
Arraigo familiar · Aprobado
“Mi esposo es español y llevábamos meses recibiendo información contradictoria. Vista ordenó todo, apostillamos los documentos y en pocos meses tenía mi residencia con permiso de trabajo.”
Arraigo familiar · Aprobado
“Soy padre de una niña española y no sabía por dónde empezar. Me guiaron documento por documento y nunca me prometieron nada que no pudieran cumplir. Todo salió tal como lo plantearon.”
Arraigo familiar · Aprobado
“Registramos la unión de hecho, apostillamos el certificado y presentamos el expediente desde España. En 3-4 meses tenía mi TIE y ya podía trabajar. Sin sorpresas ni costos ocultos.”
Todo lo que te estás preguntando
Si tu pregunta no está aquí, agenda una consulta gratuita. Respondemos cualquier duda sin compromiso.
Agenda tu consulta¿Tienes vínculo familiar en España?
La primera consulta es gratuita. En 30 minutos evaluamos tu caso y te decimos si calificas y cuánto tarda en tu situación específica.
o revisa las otras vías a España →Información referencial y orientativa; no constituye asesoría legal. Se basa en el RD 1155/2024 y las Instrucciones SEM vigentes. Nadie puede garantizar la concesión de un visado o autorización: corresponde exclusivamente a las autoridades españolas. Los requisitos, los medios económicos y las tasas se confirman en cada caso antes de iniciar el trámite.